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Movistar empieza a cerrar la tapa del ataúd de las suscripciones timo

Por | 14 de diciembre de 2011 13 comentarios

Quién nos iba a decir que una de las grandes noticias del año llegaría a dos semanas de concluir éste… y encima por parte de Movistar. La operadora ha decidido tomar medidas drásticas tras constatar que hasta el 10% (y subiendo) de clientes suscritos (el 70% de ellos, sin saberlo) a servicios de alertas reclaman por sus facturas y que el 7% del total de reclamaciones que recibe la compañía tienen que ver con los SMS Premium.

¿Y cuáles son esas medidas? Ni más ni menos que impedir la tramitación de cualquier alta en servicios de suscripción si la solicitud por parte de la empresa SMS Premium intermediaria no viene acompañada de una declaración firmada del usuario pidiendo expresamente el alta y una fotocopia de su DNI, que debe coincidir con el del titular de la línea.

Y esto no sólo afecta a la gente que caiga ahora en cebos de suscripción. Todos los clientes de Movistar que estén suscritos a un servicio de alertas y deseen mantenerlo activo deberán enviar la documentación indicada anteriormente antes del 15 de enero. Si no lo hacen, ese día serán dados de baja.

La operadora ha llevado a cabo esta fenomenal actuación tras darse cuenta de que «todas las acciones llevadas a cabo para atajar esta situación insostenible han sido inútiles». Ahora bien, no sabemos si por «situación insostenible» se refieren a la sangría de clientes que vienen sufriendo en forma de portabilidades a otras compañías (seguro que muchas motivadas por clientes cabreados al encontrarse en su factura suscripciones no solicitadas) o al timo generalizado en el sector de las alertas SMS Premium… y la verdad, ahora mismo, poco importa.

¿Por qué? Fácil. Éste es el gráfico de cuota de mercado de los operadores, extraído de la nota mensual de septiembre de la CMT:

Cuota de mercado de líneas móviles

Si tenemos en cuenta que los SMS Premium en los OMV tienen un funcionamiento irregular por no decir inexistente, y que en Yoigo también depende mucho el proveedor del servicio a la hora de poder contratar una suscripción, haciendo cálculos aproximados podemos sacar que el 89% de las líneas móviles españolas eran susceptibles con toda seguridad de caer en este timo.

Tras la decisión de Movistar, este porcentaje baja drásticamente hasta el 49% de los móviles de nuestro país. Esto es, prácticamente la mitad. Y sin tener en cuenta que posiblemente Orange y Vodafone, tras el puñetazo de Movistar sobre la mesa, tomen medidas similares.

Así que ya veis, como poco nos encontramos ante un durísimo golpe al sector, que verá reducido su campo de actuación (y sus ingresos) a la mitad. Y por si esto fuera poco, durante esta semana, los ministerios de Industria y Sanidad tienen previsto abordar el problema de las suscripciones fraudulentas en la Comisión conjunta de Tarificación Adicional.

En ella, examinarán los casos constitutivos de fraude como cobrar por participar en concursos que después ni siquiera se celebran para actuar de oficio y abrir expedientes. Estaremos al tanto de lo que pueda suceder.

Fuentes: El Mundo, Bandaancha.eu, Expansión. También tenemos que agradecer a Miguel que nos enviara un mail avisándonos mientras ya redactábamos este artículo.

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13 opiniones

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14/12/2011
a las 15:37

Dany:

Cuando lo leí esta mañana en el facebook de la compañía, pensé y escribí en su muro que me parecía que habían adelantado el día de los inocentes, pero parece que no, que va en serio.

Ya haré la prueba y os contaré que tal.

14/12/2011
a las 15:59

ms:

Con esto se ve que ni los buenos son tan buenos ni los malos son tan malos: viva movistar !!!

16/12/2011
a las 18:50

Gonzalo:

Las demás operadoras a que están esperando, que se unan y se hundan en la miseria estos mangantes de las suscripciones

19/12/2011
a las 15:44

Javier:

Llevamos años denunciando esto y hasta entonces no han querido hacer nada. Algun dia sabremos por qué.

22/12/2011
a las 18:25

mentiras:

Ten cuidado!!

De enviar el dnie nada, ya se han buscado la forma de saltarse esta restricción y ahora te cobran mediante pagos movistar.
«A partir del 14 de Diciembre, solo para los usuarios de Telefonica, la oferta tendrá un coste de 5,90€ por semana (iva inc.) + coste de navegación Wap»

http://campaigns.balagana.net/pages/es/downloadnow/?AFID=172093&AFCID=00bGstv1KuSJ3xODbp6htagdkh000000&PUBID=18239&ce_cid=00bGstv1KuSJ3xODbp6htagdkh000000#2es

22/12/2011
a las 22:25

Reclamation Man:

Gracias por tan importante dato. Saldrá enseguida un artículo al respecto.

24/01/2012
a las 14:57

Ignacio Martínez López:

A L J U Z G A D O

Don NOMBRE PRIMER-APELLIDO SEGUNDO-APELLIDO, vecino de CIUDAD (PROVINCIA), con domicilio en CALLE, NÚMERO), provisto de D.N.I. NÚMERO, ante el Juzgado comparece y dice:

Que, mediante el presente escrito, formula demanda de juicio verbal contra COMPAÑÍA DE TELÉFONOS TAL Y TAL, S.A., con domicilio en CIUDAD (PROVINCIA), CALLE TAL Y TAL, en reclamación de cantidad CIFRA (LETRA); funda la demanda en los siguientes

H E C H O S

Primero.- El demandante tiene contratado un servicio de telefonía móvil para el número ___________ con la compañía demandada, del que se acompaña copia señalada de documento nº 1.

Segundo.- En la factura (o facturas), correspondientes a los meses de _________ se ha hecho cargos indebidos, que el demandante no ha contratado, por valor de CIFRA (LA MISMA CANTIDAD EXPRESADA EN LETRA).

Se acompaña la correspondiente factura (o facturas) señaladas de documento nº 2 (SI ES MÁS DE UNA FACTURA, NUMERARLAS CORRELATIVAMENTE, 3, 4…).

Tercero.- Se señala la cuantía del proceso en la cantidad de _____________ .

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Jurisdicción: artículos 2.1,2, 3.1, 4, 9, 11.2 y 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y art. 36,1 y 51 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

II.- Competencia:

OBJETIVA: artículo 45 de la ley de enjuiciamiento civil.

FUNCIONAL: artículo 47 de la ley de enjuiciamiento Civil.

TERRITORIAL: artículo 50 de la ley de enjuiciamiento civil.

III.- Procedimiento: artículos 437 a 447 de la ley de enjuiciamiento Civil.

IV.- Cuantía del procedimiento: artículo 251.1ª de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

VI.- Fondo del asunto: artículos 1088 a 1253 de la ley de enjuiciamiento civil.

VII.- Costas: artículo 241 a 246 de la ley de enjuiciamiento civil.

Y, en su virtud,

SUPLICA: que, habiendo por producido el presente escrito con su copias y documentos adjuntos, se sirva admitirlo y, a la vista de su contenido tenga por formulada a instancia de NOMBRE Y APELLIDOS DEL DEMANDANTE, demanda de juicio verbal contra NOMBRE DE LA COMPAÑÍA DEMANDADA, a quien dé traslado de la demanda a fin de que comparezca y la conteste, si a su derecho conviene y, seguido que sea el procedimiento por su cauce legal establecido, acabe en su día dictando Sentencia por la cual, estimando íntegramente la presente demanda, condene a TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A. a pagar al demandante la cantidad reclamada de CANTIDAD RECLAMADA EN CIFRAS Y EN LETRAS, mas el interés legal correspondiente desde la fecha de entrada en el Juzgado esta interpelación judicial, y al pago de las costas del proceso.

I OTROSÍ DICE: que interesa el recibimiento a prueba, a cuyo fin designa a efectos probatorios los archivos de NOMBRE DE LA COMPAÑÍA DEMANDADA.

II OTROSÍ DICE: que para llevar a cabo el diligenciado y cumplimentación de los Exhortos, Mandamientos y Oficios a que haya lugar en este procedimiento, de acuerdo lo dispuesto en los artículos 172,1 y 167,1.1º, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, interesa que se remitan directamente por el órgano judicial al Juzgado Exhortado, Autoridad o Funcionario, respectivamente, a que vayan dirigidos.

Y SUPLICA: tenga por hechas las anteriores manifestaciones por otrosí a sus efectos y, en su momento, acuerde conforme a lo interesado.

CIUDAD, a DÍA de MES de AÑO (TODO EXPRESADO EN LETRA).

Fdo. __________________ .

INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE ESTA DEMANDA

Con este sencillo modelo de demanda, solamente hay que rellenar los datos personales de cada persona, en los espacios en donde está escrito e indicado en mayúscula, se puede reclamar sin coste alguno ni ayuda de abogados y procuradores, cualquier cantidad de dinero por pequeña que sea, fruto de las continuas estafas que están llevando a cabo las compañías de teléfonos.

Hay que unir a la demanda copia del contrato y de las facturas en las que se han hecho los cargos indebidos, hacer tres juegos de copias de todo, y presentarlo en el Juzgado de 1ª Instancia al que corresponda el municipio del demandante.

El Juzgado señalará un día para que se celebre el juicio, hay que ir ese día al Juzgado y, cuando el Juez dé la palabra al demandante contestar:

EL DEMANDANTE SE AFIRMA Y RATIFICA EN LA DEMANDA E INTERESA EL RECIBIMIENTO A PRUEBA.

Cuando el Juez conceda la palabra para proponer prueba debe decirse:

PROPONGO COMO PRUEBA LOS DOCUMENTOS APORTADOS CON LA DEMANDA.

Si el Juez o el abogado de la cía de teléfonos hace preguntas: RESPONDER HONESTA Y HONRADAMENTE QUE NOS ENVÍAN MENSAJES DE MÓVIL QUE NO HEMOS SOLICITADO, Y ENCIMA NOS COBRAN POR ELLO.

Después del Juicio se dictará una SENTENCIA, si el Juez no estima la demanda, habrá que hacer un RECURSO DE APELACIÓN con firma de Abogado, enviadme la sentencia al correo electrónico ignaciomartinez@tecnosegura.com y os enviaré el recurso gratis con mi firma.

Con esta nueva estrategia vamos a forzar a las cías de teléfono a que tengan que contestar a un aluvión de demandas, tantas como estafados, que ya es decir, que cada una de ellas le costará entre honorarios de abogado y procurador, en torno a los 500 euros.

Esta demanda se puede presentar sin riesgo ni coste alguno, y solo necesita que se presente según se ha dicho, e ir un día al Juzgado al juicio.

Se ha diseñado esta estrategia en vía civil, ya que la Audiencia Nacional y los Juzgados de Instrucción, por comodidad o por miedo, han decidido que estafar masivamente a la gente en pequeñas cantidades no es delito.

Para más dudas o información, escribidme, no siempre puedo contestar a tiempo por razones de trabajo, pero tarde o temprano siempre contesto.

04/02/2012
a las 19:51

yo:

k es omvs

04/02/2012
a las 20:03

Reclamation Man:

Operadores Móviles Virtuales, aquellos que no cuentan con red propia. Vamos, todos salvo Movistar, Yoigo, Vodafone y Orange.


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