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RTVE condenada a pagar nueve millones a Hacienda por juegos de azar

Por | 6 de noviembre de 2012 2 comentarios

Estos juegos no son otra cosa que los micro concursos realizados en diversos programas en los que participaban los telespectadores mediante el envío de mensajes SMS, llamadas telefónicas o, incluso, a través de correo electrónico.

SUEÑO OLÍMPICO

Nosotros ya hemos hablado largo y tendido sobre la, siempre bajo nuestro punto de vista, indecencia que suponía realizar concursos 905 y SMS premium bajo el eufemismo de ‘votaciones’ en una televisión pública financiada por todos los españoles.

Ejemplo de ellos son enlaces publicados por TenCuidado como este o este otro, y así hasta un total de siete denuncias públicas que se pueden consultar aquí y que incluyen frases como ésta:

[…] la primera emisión de este engendro, en el que con el pretexto de la votación del mejor momento de los JJOO en la historia se incita a la audiencia a llamar a un 905 o a enviar SMS Premium para conseguir premios


El conflicto, que se remonta a los años 2001-2002, ha sido hábilmente dilatado y recurrido por RTVE para alargar la agonía y librarse de pagar los 9000000€ de condena. La Inspección de Hacienda sacó a relucir que la Corporación no había abonado las tasas estatales en concepto de «rifas» (tipo legal al que se acogerían los pseudoconcursos organizados por el Ente) entre 2001 y 2007.

A raíz de esto, Hacienda trasladó a RTVE liquidaciones por un total de casi trece millones de euros. El Ente presentó un recurso ante la Audiencia Nacional que no fructificó, como tampoco ha prosperado el conocido hoy ante el Tribunal Supremo que se refiere concretamente a dos millones de euros que la TV pública no pagó en concepto de impuestos de rifas entre 2001 y 2002.

En su recurso, RTVE alegó entre otras cosas que el tipo legal (rifas) al que indicaba Hacienda que pertenecían sus pseudoconcursos era incorrecto, así como que el ente no fue el organizador de la rifa, ya que contrató ese servicio a terceros.

El TS ha rechazado todas las alegaciones ya que, de haber querido, podría haber suspendido la emisión de los microespacios pese a no ser gestionados directamente por la Corporación. Asimismo, también indica que fue RTVE la parte que facturó y repartió los montantes obtenidos por sus «rifas». Hablando en plata, que no cuela que quieran culpar a la empresa que ellos mismos contrataron.

Por todo ello, el Tribunal Supremo desestima el recurso y condena a RTVE a hacerse cargo de las costas del proceso, si bien limita los honorarios del Abogado del Estado a la cifra máxima de 6000€.

Fuentes: Vertele y Europa Press.

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2 opiniones

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17/11/2012
a las 02:57

potorroBlanco:

Ay, RTVE como siempre jugando a ser una TV privada….

05/05/2013
a las 19:46

jose antonio suarez jacobo:

ya hera hora que pusieran al descubierto esta bola de rateros les llamo asi por que yo fui un ingenuo mas


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