25354: Rico al instante ¡ataca de nuevo!
Por ribalmu | 6 de enero de 2011
Decenas, cientos, miles de personas están estos últimos días que trinan en la red… ¿la causa?
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Seguro que os son familiares. Desde hace unas semanas un número importante de personas no paran de recibir estos SMS en el móvil. Y es que, como avanzamos, el programa «Rico Al Instante» vuelve a atacar en las pantallas españolas otra vez de la mano de Antena 3 y Zed. Y para promocionarse, nuevamente está realizando spam de forma indiscriminada, lo cual es completamente ilegal.
Reproducimos con su permiso parte de lo que hace muy poquitos días publicaba Samuel Parra, abogado experto en Protección de Datos, en su sitio personal. Nosotros no podríamos explicarlo mejor:
«25354 Rico al Instante» de Antena 3 vulnera seis preceptos legales contra el spam«. Entonces cientos de afectados comentaban que habían recibido uno de los SMS mostrados más arriba. Vamos a intentar poner un poco de luz al tema:
a) ¿Quiénes son los presuntos responsables de estos mensajes?
1- ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. con dirección en: Avda. Isla Graciosa 13, 28703, San Sebastián de los Reyes, Madrid. NIF: A-78839271.
2- ZED IBERIA, S.L,U. con dirección en C/ Rozabella núm. 4, Edifico Bruselas, del Complejo Europa Empresarial, 28290, Las Rozas, Madrid. NIF B-85364776.
La primera emite un programa y te invita a participar activamente. La segunda pone los medios técnicos para que la participación vía SMS permita rellenar de billetes las arcas de Antena3 (lo que se denomina comunmente llevárselo calentito).
La segunda (ZED IBERIA) ya fue multada por la Agencia de Protección de Datoss hace algunos meses, precisamente por el mismo programa «Rico al Instante» al que una usuaria denunció ante esta agencia por el acoso de SMS que estaba recibiendo por parte del prestador del servicio. En esa ocasión se impuso una multa de 30.001 € y la resolución se puede ver aquí.
b) ¿Qué normativas incumple presuntamente el prestador del servicio ?
Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI-CE).
Su artículo 21.1 indica:
Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas.
En el apartado siguiente se exceptúa el consentimiento anterior cuando exista una relación contractual previa entre el que envía el mensaje y quien lo recibe. Pero este SMS lo están recibiendo miles de personas que jamás han participado en nada relacionado con ZED y/o Antena 3.
Así que tenemos la primera infracción: enviar SMS de contenido comercial sin consentimiento.
Pero el artículo 21 no termina ahí, en su párrafo tercero dice:
En todo caso, el prestador deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija.
Esto es, en el mismo SMS o en uno posterior, deberían indicar la forma de cancelar el uso del teléfono en cuestión para fines comerciales, cosa que tampoco han hecho. Tenemos por tanto la segunda infracción.
Por otra parte, el artículo 20 de la LSSI-CE nos dice:
Las comunicaciones comerciales realizadas por vía electrónica deberán ser claramente identificables como tales y la persona física o jurídica en nombre de la cual se realizan también deberá ser claramente identificable.
En el caso en el que tengan lugar a través de correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente incluirán al comienzo del mensaje la palabra publicidad o la abreviatura publi.
Es decir, impone dos obligaciones: a) que al comienzo del mensaje se incluya la palabra “Publicidad” o “Publi”; b) que además el responsable de dicha comunicación quede claramente identificado; aquí no sabemos quién es, pues está claro que el mensaje va en relación a un concurso de Antena 3, pero ¿es realmente Antena 3 de Televisión S.A. quien está enviando dicha comunicación? Tenemos la tercera infracción.
Aparte de las leyes generales relativas a comunicaciones comerciales, desde hace ya varios meses existen diversas normativas concretas que pretenden regular el envío de los mensajes SMS Premium.
Así, tenemos por ejemplo el código de conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes, modificada en julio de 2010, que entre otras obligaciones impone las siguientes:
El operador titular del número deberá ser siempre fácilmente identificable por los usuarios, de tal forma que éste pueda ponerse en contacto con él sin dificultades. Dicho operador se identificará informando expresamente en la publicidad de, al menos, los siguientes datos: titular (nombre y apellidos completos o denominación social), número de teléfono del servicio de atención al cliente y una dirección postal y electrónica.
En el mensaje envíado por Antena 3 sólo se ha respetado lo referente al número de teléfono de contacto, tenemos por tanto las infracciones cuarta y quinta.
También se indica:
En orden a ofrecer una información adecuada al usuario, la utilización de abreviaturas en la publicidad de los servicios se podrá realizar siempre que sean las comúnmente aceptadas, y se exprese de forma clara y precisa el contenido de la información mínima requerida por el presente Código para cada tipo de servicio. Cada palabra o vocablo abreviado contará al menos con tres signos alfanuméricos excluido el punto ortográfico indicativo de la abreviatura. La omisión de estas especificaciones representará un incumplimiento del Código de Conducta.
Caso de utilizarse los términos o abreviaturas que a continuación se detallan, las mismas habrán de expresarse, preceptivamente, en los siguientes términos:
Indicación del precio euros: € o Eur..
Identificación del número de Atención al Cliente: n.º atn clte.
En el caso de Antena 3 las abreviaturas utilizados han sido:
- En vez de poner “Euros” ponen “Eur.”. Correcto.
- En vez de poner “Por cada SMS” ponen “xsms”. Incorrecto.
- En vez de poner “Número de atención al cliente” ponen “N.AtnClte”. Correcto.
La forma de abreviar “xsms” no es correcta, sexta infracción.
Todo ello sin entrar a debatir si el contenido en sí del mensaje puede ser contrario a la Resolución antes mencionada porque al usuario se le está invitando a participar en algo que no sabe realmente qué es, sobre lo que no se indica dónde encontrar más información y que puede llevar a que el usuario se haga una conclusión errónea de en qué está participando (recordemos que es un servicio de suscripción encubierto).
c) ¿Cómo puedo solicitar la baja de Rico Al Instante?
Si te has suscrito al «juego»/servicio puedes darte de baja en cualquier momento enviando la palabra BAJA al numero corto en el
que estés participando (797100 ó 25354). Si tienes cualquier problema al darte de baja se dispone (supuestamente) de otros medios para hacerlo: ponerte en contacto con ellos a través del 902 103 347 o del e-mail info@ricoa3.com
Si lo que quieres es que te dejen de enviar SMS publicitarios, la mecánica no queda muy clara. En algunos SMS se informa No+Publi.205115 pero no queda claro cuál es el texto que hay que enviar.
d) ¿Qué puedo hacer ante estos hechos?
Samuel Parra y nosotros te recomendamos encarecidamente DENUNCIAR. TenCuidado ya lo ha hecho. Así, la cosa no les saldrá rentable y se lo pensarán dos veces antes de volver a hacer nada parecido…
Presentar estas denuncias no conlleva ningún coste, ni se celebrarán juicios, ni es necesario procurador ni abogado alguno: la contienda será de los organismos reguladores españoles contra los responsables de estas actividades (Antena3/Zed).
e) Procedimiento para denunciar
Este es el procedimiento recomendado por Samuel Parra para presentar las denuncias, las cuales se van a presentar ante dos organismos distintos:
En primer lugar ante la Agencia Española de Protección de Datos por la vulneración de la LSSI (envío de comunicación comercial sin consentimiento, entre otras cosas). Esta denuncia se debe enviar a la dirección: Agencia Española de Protección de datos, C/ Jorge Juan, nº 6 28001 – Madrid.
Esta denuncia tiene como misión la imposición de una sanción económica. En el modelo redactado por Samuel Parra, se va a solicitar que los responsables sean sancionados con 300000 euros en total POR CADA AFECTADO. Así que, de cara a crujirles, cuantos más mejor.
En segundo lugar, ante la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional, por todas las irregularidades en el envío de estos mensajes. Esta denuncia se debe enviar a la dirección: Comisión de Supervisión de Servicios de Tarificación Adicional, C/ Capitán Haya nº 41 – 28071 Madrid.
Esta denuncia tiene como misión el cierre del número corto 25354 y que además Zed Iberia sea desterrada del mercado español. Al igual que en el caso anterior, entre todos hacemos más fuerza.
Además, el artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo en su punto cuatro indica que las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Administraciones públicas pueden presentarse:
-
En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado (por ejemplo las Delegaciones y Subdelegaciones del gobierno) o a cualquier Administración de las Comunidades Autónomas,
-
En las oficinas de Correos.
Por lo tanto, puedes acudir a alguno de estos organismos oficiales y que te tramiten el envío de las denuncias a cualquiera de los dos organismos públicos citados sin ningún coste y con constancia sellada de que el escrito ha sido enviado.
Algunas FAQ:
¿Por qué la denuncia también se presenta contra ZED Iberia?
Porque ellos son los titulares del número corto 25354 y los que en última instancia envían efectivamente estos mensajes masivamente con la intención de captar incautos.
¿Qué debo adjuntar a los escritos?
Debes adjuntar una fotocopia de tu DNI y un scan, fotocopia o captura de pantalla de tu móvil donde se vea el mensaje recibido.
¿Cómo debo enviar las denuncias?
Aunque se puede hacer por vía electrónica con firma digital, se recomienda seguir el camino tradicional: imprimir en papel, firmar y enviar, si podéis, por correo certificado; aunque esto último no es obligatorio.
Aquí tenéis los escritos listos para rellenar con los datos de vuestro caso y enviar, redactados por Samuel Parra.
Denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos: formato .doc | formato .odt
Denuncia ante la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional: formato .doc | formato .odt
Tenemos que agradecer a Samuel Parra tanto el habernos dejado reproducir toda la información que ha publicado sobre esta tomadura de pelo como el grandísimo trabajo que ha realizado para que los caraduras de Zed y Antena 3 reciban su merecido.
Por nuestra parte, estaremos atentos a la emisión del programa (anunciada en una promo para el domingo a las 00.30, pero al parecer se han echado atrás) y, si tenéis cualquier duda o problema, escribidnos o dejar un comentario, que para eso estamos.
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