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Nuevas formas de hacer caja en Llama TV (1)

Por | 17 de abril de 2010 7 comentarios

Esta misma noche, veíamos en La Sexta que en la famosa marquesina inferior donde aparece diversa información sobre el funcionamiento del call-tv había aparecido algo nuevo. Lo siguiente, para ser exactos:

«Con su llamada autoriza a que sus datos sean empleados para el envío de comunicaciones comerciales de LlamaTV. No publi. política de protección de datos aplicable y bases completas en www.llama.tv«

Aquí la prueba:

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Pues sí: ahora por llamar a un call-tv no sólo te arriesgas a que se rían en tu cara de posibles 263 formas distintas sino que tu número de teléfono quedará a merced de spam «comunicaciones comerciales». Si vamos a la política de protección de datos enlazada antes, vemos que ésta es la parte que nos interesa:

POLÍTICA DATOS PERSONALES:

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de Datos de Carácter Personal, se informa al usuario, quien consiente, que los datos […] sean incorporados, y en su caso tratados, a un fichero denominado “Participantes Concursos” creado para las siguientes finalidades:

[…]

– Elaboración de estudios de mercado y estadísticas, marketing y preferencias sobre los servicios ofrecidos.

– Envío de comunicaciones comerciales de conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, sin que ello implique la cesión de los datos personales a terceros.

El responsable de este fichero es LLAMA TV con domicilio en C/ Javier Ferrero, 13-15; 28002 Madrid

El titular podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos recogidos en el fichero, de acuerdo con los artículos 15 a 17 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.), así como oponerse al envío de comunicaciones comerciales, solicitándolo al responsable del fichero por correo en la dirección arriba indicada con la referencia “L.O.P.D.” (adjuntar fotocopia del documento nacional de identidad, NIE o pasaporte en su caso y actuación solicitada).

Es decir, sólo por llamar quedas «fichado» pero para quitártelos de encima tienes que enviar una carta por correo postal y además con fotocopia del DNI…

De momento sólo hemos visto esta claúsula en el call-tv de LlamaTV para La Sexta. Estaremos atentos por si en el resto de cadenas que contratan a esta productora también aparece, lo cual generaría un suculento banco de personas a las que enviar publicidad indiscriminadamente.

Actualizado (1): En «Tarde de premios» de Canal Club también aparece la nueva cláusula.


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7 opiniones

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17/04/2010
a las 18:12

Dany:

Se ve que a se están preparando para seguir timando después del 1 de mayo, que es cuando les obligarán a quitar los Call-TV.

Sabía yo perfectamente que no se iban a quedar ni mucho menos de brazos cruzados.

Ahora harán incluso más caja, porque recordemos que el numerito de la esquina superior izquierda, el que indica el número de llamadas de los supuestamenteúltimos 10 minutos, muchas veces marca cifras verdaderamente espectaculares: del orden de las 2.500 o incluso más llamadas según el momento de emisión.

Y recordemos que cada mensaje que les manden a esas personas tiene un coste de 0.35 € en el mejor de los casos, si hicieran 2.500 altas a ese precio, con tan sólo mandar 1 mensaje a cada persona, la caja sería de 875 €.

17/04/2010
a las 18:57

Reclamation Man:

No no, no cobrarán por suscripciones ni nada parecido, pero ganarán dinero de las empresas de las que envíen «comunicaciones comerciales». Y si les da por vender («ceder» es un bonito eufemismo) la base de datos, pues más €€ al saco.

18/04/2010
a las 13:21

Gonzalo:

otra buena razón para no llamarles

19/04/2010
a las 02:58

Antonio:

El Art. 6.1 de la Ley 15/1999 dice lo siguiente: » El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa»

En este caso nos encontramos con que la simple llamada supone el consentimiento ¿ inequívoco? del tratamiento de datos. Y en este caso no creo que el consentimiento inequívoco sea el simple acto de llamar.

19/04/2010
a las 08:27

Dany:

Pues otro punto más que se pasan por la entrepierna.

Sería interesante leer esa Ley para ver cuántos puntos cumplen estos impresentables.

19/04/2010
a las 09:02

Dany:

El Art. 10 dice:

«El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo»

Art. 11.1:

«Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado.»

Y seguro que si seguimos leyendo dicha Ley, veremos que hay muchos más puntos que igualmente se los pasan por la entrepierna.

13/07/2010
a las 23:43

[Anónimo intentando suplantar a] GatoVolador:

Desde aquí, pedimos disculpas por las acusaciones equivocadas hacia LlamaTV.


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